BEVILACQUA, NORMA ENRIQUETA BIBIANA c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo contra la obra social y la empresa de medicina prepaga, solicitando que se le mantenga la afiliación y cobertura médica en las mismas condiciones que tenía en actividad. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, admitiendo el recurso de la actora en cuanto a que no debe abonar el plan superador.
- Actora: Norma Enriqueta Bibiana Bevilacqua
- Demandados: Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantener afiliación y cobertura médica en las mismas condiciones que en actividad
¿Qué se resolvió?
Se ordena a OSOCNA mantener la afiliación y a OSDE brindar cobertura en las mismas condiciones que en actividad, sin que la actora deba abonar un plan superador.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara reconoció el derecho del jubilado a permanecer en la obra social a la que estaba afiliado al momento de pasar a retiro.
- OSDE tenía un convenio con OSOCNA para brindar servicios a los afiliados, por lo que corresponde mantener su cobertura.
- No se acreditó que la actora haya contratado un plan superador en actividad, por lo que no corresponde que deba abonarlo.
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