GONZALEZ, MIGUEL ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Jubilado reclama reajuste de su haber inicial y movilidad. La Cámara Federal modifica la sentencia y ordena actualizar las remuneraciones computables conforme a jurisprudencia de la CSJN.
Reajuste del haber inicial y movilidad jubilatoria
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Bahía Blanca modifica la sentencia de primera instancia. Ordena:
- Actualizar las remuneraciones computables conforme a los lineamientos de la CSJN en "Elliff", hasta la fecha de adquisición del beneficio.
- Aplicar la fórmula del texto original de la ley 24.241 para la actualización del componente de la Prestación Básica Universal (PBU).
- Confirmar la declaración de inconstitucionalidad de los topes previstos en las leyes 24.463 y 24.241, en caso de acreditarse confiscatoriedad.
- Aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA para el cálculo de intereses.
- Confirmar la procedencia de la excepción de prescripción.
Fundamentos principales:
- La CSJN en "Elliff" estableció que la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial debe realizarse sin la limitación de la Resolución 140/95.
- Respecto a la PBU, corresponde aplicar la fórmula del texto original de la ley 24.241, al ser la metodología más equitativa.
- La declaración de inconstitucionalidad es un acto de gravedad institucional que debe ser la última ratio, y procede ante supuestos de confiscatoriedad.
- No existe un derecho adquirido a mantener una determinada fórmula de movilidad, pero los cambios no pueden implicar confiscatoriedad o regresividad.
- Corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA para el cálculo de intereses, conforme a "Spitale".
- Procede la excepción de prescripción al haber transcurrido el plazo establecido por la ley 18.037.
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