GARCILAZO, SERGIO ALEJANDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor impugnó el cálculo de los componentes PC y PAP de su haber previsional. La Cámara Federal ordenó recalcular dichos componentes considerando que cada año de tareas diferenciales equivale a 1,2 años de tareas comunes.
¿Quién es el actor?
Sergio Alejandro Garcilazo
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Reajuste de los componentes PC y PAP, y reajuste de la PBU de su haber previsional.
- Decisión del tribunal:
- Hace lugar al reclamo sobre PC y PAP, ordenando a ANSES que para su cálculo considere que cada año de tareas diferenciales equivale a 1,2 años de tareas comunes.
- Rechaza el agravio de ANSES sobre el diferimiento del tratamiento de la actualización de la PBU al momento de la liquidación.
- Confirma la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en la medida que su aplicación resulte confiscatoria.
- Impone las costas a la demandada vencida.
Fundamentos relevantes:
- El art. 1 del decreto 6730/68 establece que el personal embarcado tiene derecho a jubilación ordinaria con 52 años de edad y 25 años de servicios, equivalentes a los 30 años requeridos por ANSES para tareas comunes. Sin embargo, esta equiparación no se considera para el cálculo de la PC y PAP.
- Corresponde hacer lugar al reclamo sobre PC y PAP, ya que no resulta ajustado a derecho que se reconozca la posibilidad de obtener el beneficio con menor cantidad de aportes, pero no se considere esa condición diferencial para el cálculo de esos componentes.
- Respecto a la PBU, corresponde aplicar la doctrina de la CSJN en "Quiroga", debiendo recurrirse a la fórmula de cálculo prevista en el texto original de la ley 24.241 para determinar el incremento por años adicionales de servicio.
- Es procedente la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en la medida que su aplicación resulte confiscatoria.
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