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MIGUEL, EZEQUIEL EMILIANO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador reclama indemnización por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la decisión de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la repotenciación de deudas dinerarias y ordenó la actualización del crédito mediante el Índice de Precios al Consumidor más una tasa de interés del 3% anual.

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Indemnización por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7° de la ley 23.928 y 4° de la ley 25.561 por inconstitucionalidad sobreviniente, y aplicó el Índice de Precios al Consumidor como parámetro de ajuste, desde la exigibilidad de los créditos diferidos a condena hasta el momento del efectivo pago, más una tasa de interés del 3% anual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara considera que la mera adición al capital histórico de las tasas previstas en el Código Civil y Comercial, así como lo decidido en la resolución apelada, reducen de manera notoria la integridad del crédito laboral, por lo que corresponde una interpretación armónica de la totalidad del ordenamiento jurídico y sus principios constitucionales, con aplicación preferente de la normativa propia del derecho social del trabajo, para garantizar un legítimo resarcimiento sin que el resultado sea objetivamente injusto.

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