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ASOCIACION MUTUAL DE MAGISTERIO DE SANTA FE ANGELITA PERALTA PINOS c/ ENACOM s/AMPARO POR MORA

La Asociación Mutual de Magisterio de Santa Fe promovió acción de amparo por mora contra ENACOM. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

Costas Honorarios Asociacion mutual Licencias Radiodifusion Amparo por mora


¿Quién es el actor?

Asociación Mutual de Magisterio de Santa Fe "ANGELITA PERALTA PINOS"

¿A quién se demanda?

ENACOM
- Objeto de la demanda: Acción de amparo por mora contra ENACOM por la falta de pronunciamiento en ciertos expedientes administrativos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación de ENACOM y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo, imponiendo las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Ley 16.986 establece que no habrá condena de costas si antes del plazo fijado para la contestación del informe, cesa el acto u omisión en que se fundó el amparo. En el caso, la demandada evacuó el informe requerido con posterioridad al plazo, por lo que corresponde confirmar la imposición de costas dispuesta en primera instancia.
- La regulación de honorarios de la letrada de la parte actora en primera instancia es confirmada, por haber sido apelada solo por altos. Asimismo, se regulan honorarios por la actuación en la instancia de apelación.

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