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AUDITORIA GENERAL DE LA NACION c/ CURA, EDUARDO OMAR ALEJANDRO s/EMPLEO PUBLICO

La Auditoría General de la Nación promovió demanda por exclusión de tutela sindical. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró su competencia para entender en la causa.

Relacion de empleo publico Exclusion de tutela sindical Ley 23.551. Competencia de la justicia contencioso administrativa federal


¿Quién es el actor?

Auditoría General de la Nación

¿A quién se demanda?

CURA, EDUARDO OMAR ALEJANDRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la exclusión de tutela sindical del demandado

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión del juez de primera instancia que se había declarado incompetente, y declaró su competencia para entender en la causa. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La Corte Suprema de Justicia en precedentes como "Sapienza" y "Rizzo" estableció que cuando se discuten cuestiones relativas a la relación de empleo público, la competencia corresponde a la justicia contencioso administrativa federal, aun cuando involucre la aplicación de normas laborales como las referidas a la tutela sindical.
- Esto se debe a que, si bien el art. 20 de la Ley N° 18.345 atribuye competencia a la justicia nacional del trabajo, ello requiere que la demanda se funde en contratos de trabajo, convenios colectivos o normativa laboral, lo que no ocurre cuando la controversia se enmarca en la relación de empleo público.
- En el caso, al discutirse la exclusión de tutela sindical de un agente público, la cuestión se encuentra alcanzada por el derecho administrativo y no por el derecho laboral común, por lo que corresponde su tratamiento por parte de la justicia contencioso administrativa federal.

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