PREZ, JORGE BERNARDO Y OTROS c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Médicos de cabecera del PAMI demandaron al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados por diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que los médicos tenían una relación laboral y no una prestación de servicios independiente.
- Actores: Médicos de cabecera del PAMI
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias salariales
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La aplicación de la normativa pretendida por el PAMI afectaría el principio de "seguridad jurídica" y "previsibilidad".
- De acuerdo al principio de primacía de la realidad, el vínculo entre los médicos y el PAMI tenía carácter laboral, más allá de la forma en que estuviera instrumentado.
- El PAMI les daba instrucciones, les asignaba pacientes, controlaba su trabajo a través de auditorías, y les establecía días, horarios y formas de atención, lo que evidencia una relación de dependencia.
- El hecho de que los médicos emitieran facturas no modifica la naturaleza laboral del vínculo.
- El convenio colectivo 697/05 reconoce a los médicos de cabecera como empleados del PAMI, por lo que corresponde considerarlos como tales.
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