SIEDLINSKI RAQUEL GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora apeló la sentencia de primera instancia respecto de los parámetros utilizados para la actualización de sus remuneraciones. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de grado, revocando lo relativo a la inconstitucionalidad de ciertas normas sobre movilidad previsional.
¿Quién es el actor?
SIEDLINSKI RAQUEL GRACIELA
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes de su prestación previsional
¿Qué se resolvió?
- Se confirma lo resuelto en primera instancia sobre la actualización de las remuneraciones con el índice ISBIC.
- Se revoca parcialmente la sentencia declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenando el reajuste de la prestación desde enero 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que le correspondía.
- Se difiere la aplicación del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución.
- Se confirma lo resuelto sobre la metodología de cálculo de los aportes autónomos.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema ha ratificado la aplicación del índice ISBIC para actualizar las remuneraciones.
- Respecto a la Prestación Básica Universal, no corresponde limitar su actualización a una fecha determinada de adquisición del beneficio.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 sobre movilidad previsional.
- La aplicación del precedente "Villanustre" se difiere para la etapa de ejecución.
- Se confirma la metodología aplicada para el cálculo de los aportes autónomos.
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