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CRICRI MARIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La demandante recurrió la sentencia de primera instancia respecto del cálculo de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó lo resuelto en la instancia anterior, aclarando los criterios a aplicar para el recálculo de los aportes autónomos.

Inconstitucionalidad Haber previsional Prestacion basica universal Badaro Aportes autonomos Makler Actis caporale

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, confirmando lo demás. Direfiere el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución. Fundamentos relevantes:
- Respecto a los aportes autónomos, corresponde aplicar la metodología establecida por la CSJN en "Makler", computando todos los años y categorías efectivamente aportadas.
- Sobre la Prestación Básica Universal (PBU), no corresponde limitar su actualización a una fecha determinada de adquisición del beneficio, sino aplicar los índices establecidos por la CSJN en "Badaro".
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 si su aplicación genera una quita superior al 15% del haber.

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