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MALTERIA PAMPA SA (TF 39276-A) Y OTRO c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La exportadora Maltería Pampa SA cuestionó la multa impuesta por la Aduana por supuesta subfacturación de exportaciones. La Cámara revocó la sanción al considerar que no se configuraba la infracción imputada.

Multa Exportacion Codigo aduanero Precios de transferencia Subfacturacion Vinculacion


¿Quién es el actor?

Maltería Pampa SA (exportadora) y su despachante de aduana

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionar la multa aplicada por la Aduana por presunta subfacturación de exportaciones

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sanción impuesta por la Aduana

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema había establecido en un caso similar que el tipo infraccional del art. 954 inc. c) del Código Aduanero no se configura si los precios declarados en la exportación coinciden con los efectivamente pagados, más allá de que haya habido ventas sucesivas entre partes vinculadas.
- No correspondía aplicar por analogía los principios de precios de transferencia de la Ley de Impuesto a las Ganancias para evaluar la exactitud del valor declarado en aduana, debiendo aplicarse las normas de valoración del Código Aduanero.
- No se había demostrado que la vinculación entre las empresas haya influido efectivamente en el precio declarado, lo cual era necesario para poder descartar el valor declarado.

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