MACHE, MARIA FERNANDA c/ DASUTEN s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió amparo para obtener cobertura integral de tratamiento de fertilización in vitro. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y limitó la cobertura a los prestadores de la obra social.
- Actor: María Fernanda Maché
- Demandado: Dirección de Acción Social de la Universidad Tecnológica Nacional (DASUTEN)
- Objeto: Obtener cobertura integral de tratamiento de fertilización in vitro, incluyendo desvitrificación, transferencia embrionaria y criopreservación, en la Clínica Procrearte.
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y limitó la cobertura a los prestadores de la obra social, considerando que no se acreditó la necesidad imperiosa de la actora de acceder al centro médico elegido.
- Fundamentos principales:
- El principio general es que las obras sociales deben brindar cobertura a través de sus prestadores propios o contratados.
- No se acreditó suficientemente la necesidad de acceder a un prestador por fuera de la cartilla de la obra social.
- La obra social ofreció cobertura a través de un prestador propio, sin que se cuestione su idoneidad.
- Las particularidades del caso no justificaban apartarse del principio general.
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