CATALDO QUINTERO MARIA ADRIANA DEL CARME c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes varios de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el recálculo del haber inicial conforme los criterios fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
¿Quién es el actor?
CATALDO QUINTERO MARIA ADRIANA DEL CARMEN
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios del haber previsional
¿Qué se resolvió?
Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el recálculo del haber inicial conforme los criterios de la CSJN. Se difiere el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y la aplicación del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución de sentencia. Se revoca la sentencia en cuanto a la aplicación del art. 2 de la Ley 27.426 y la recomposición del haber de enero 2021.
Fundamentos relevantes:
- Se confirma la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción (ISBIC) para la actualización de las remuneraciones anteriores a la Ley 26.417, conforme los precedentes "Elliff" y "Blanco" de la CSJN.
- Para los aportes autónomos anteriores a la Ley 24.241 se aplica el criterio de "Volonté" de la CSJN, mientras que los posteriores se actualizan con el ISBIC.
- Respecto a la Prestación Básica Universal, se confirma el diferimiento dispuesto en primera instancia.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de configurarse un supuesto de confiscatoriedad.
- Se difiere el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y la aplicación del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución.
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