DOBRODENKA, EMILIO LEONEL Y OTRO c/ ROLDAN, EDGARDO MAXIMILIANO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica y daño moral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Emilio Leonel Dobrodenka y María Eugenia Arriola
Demandado: Edgardo Maximiliano Roldán y Nación Seguros S.A.
Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por accidente de tránsito
Decisión del tribunal:
- Se modifica la sentencia de primera instancia reduciendo los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica de Dobrodenka a $3.000.000 y de Arriola a $1.500.000.
- Se reduce los montos por daño moral a $2.000.000 para Dobrodenka y $1.500.000 para Arriola.
- Se mantiene la tasa de interés activa cartera general del Banco Nación desde la fecha del hecho.
- Se confirma el límite de cobertura de la póliza en $18.000.000.
Fundamentos principales:
- Las fórmulas matemáticas para determinar la incapacidad laboral son sólo una pauta orientadora, y el juez debe adecuar el monto a las particulares circunstancias de cada caso.
- El porcentaje de incapacidad pericial no es un patrón que deba seguirse inevitablemente, pues corresponde justipreciar no sólo el aspecto laboral sino también las consecuencias que afecten a la víctima desde el punto de vista individual y social.
- El monto de daño moral debe atender al estado de incertidumbre y preocupación que produjo el hecho, la lesión a los sentimientos afectivos y la entidad del sufrimiento.
- Respecto de los intereses, corresponde aplicar la tasa activa cartera general del Banco Nación desde la fecha del hecho, conforme doctrina plenaria.
- El límite de cobertura de la póliza es razonable, aunque inferior al monto mínimo fijado por la Superintendencia de Seguros, dado que se mantiene actualizado.
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