VALLEJOS, EMMANUEL LUJAN c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y fijó un nuevo criterio para el cálculo de los intereses.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que el capital de condena debe actualizarse en base a la variación del índice RIPTE desde la fecha del accidente, más un interés puro del 6% anual hasta la liquidación. Además, para el caso de mora en el pago, se aplicarán los intereses compuestos previstos en el art. 770 CCyC. La Cámara consideró que el decreto 669/2019 que modificó el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo es aplicable al caso, por lo que descartó la aplicación del Acta 2764/2022 de la CNAT. Asimismo, rechazó la aplicación de las Resoluciones 1039/2019 y 332/2023 de la SSN por considerarlas un exceso reglamentario.
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