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ACUMAR s/ ordenamiento territorial

La Ciudad de Buenos Aires cuestionó la prohibición de nuevas actividades de movimiento de suelos dispuesta por la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR). La Corte Suprema de Justicia desestimó la queja interpuesta, al considerar que dicha prohibición tiene carácter provisorio.

Recurso extraordinario Medida cautelar Autonomia Dano ambiental Acumar Falta de sentencia definitiva Cuenca matanza riachuelo Movimiento de suelos Sentencia provisoria

¿Qué se resolvió en el fallo?

Prohibición de nuevas actividades de movimiento de suelos para que ACUMAR realice un relevamiento y la regulación correspondiente. Cuestionamiento de la Ciudad de Buenos Aires con fundamento en violación a su autonomía
- Falta de sentencia definitiva exigida a los fines del recurso extraordinario ya que la prohibición discutida tiene carácter provisorio dado que su vigencia temporal está condicionada al cumplimiento por parte de la ACUMAR de lo allí dispuesto
- Se desestima la queja

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