Comunidad Indígena Toba La Primavera - Navogoh c/ Formosa, Provincia de y otros s/ medida cautelar
La comunidad indígena solicitó la suspensión de las obras de construcción de un centro de salud en un terreno de su propiedad. La Justicia rechazó el pedido, y ordenó a la provincia que consulte e informe a la comunidad sobre la organización y funcionamiento del centro de salud.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Rechazo del pedido de suspensión de las obras de construcción de un centro de salud en un terreno de propiedad comunitaria.
Pedido de suspensión de obras con base en una cautelar dictada con otro objetivo - Improcedencia de extender los efectos a la ejecución de una obra que fue consultada y aprobada por los miembros de la Comunidad - Alcance del Convenio 169 de la OIT - Imposición a la provincia del deber de consultar e informar durante la construcción sobre la organización y funcionamiento del centro de salud - Exigencia de cumplir con el estudio de factibilidad ambiental - Se rechaza el pedido de suspensión
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Ley 24.071arts. 7, apartado 2 · Convenios
- Ley 426 (Formosa)arts. 12, 13
- Ley 1060 (Formosa)art. 28
- Acordada 7/2013art. 4
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