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Rosetani, Adriana María c/ Las Lomas S.A. s/ ordinario

La Corte Suprema revocó la resolución que denegó la apelación por extemporánea, al considerar que el plazo para interponer la queja no había expirado al momento de su presentación. Voto en disidencia de los jueces Lorenzetti y Highton de Nolasco respecto a los efectos de las acordadas provinciales en recursos presentados ante la Corte.

Recurso de queja Apelacion denegada Plazo Corte suprema Notificacion electronica Acordadas provinciales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Plazo para interponer el recurso de queja Resolución que denegó la apelación por extemporánea
- Notificación practicada con arreglo al régimen de notificaciones electrónicas implementado por la corte provincial
- Plazo que no había expirado al presentar la queja ante la Corte
- Se revoca la resolución anterior
- Disidencia de los jueces Lorenzetti y Highton de Nolasco: los efectos de las acordadas del superior tribunal provincial no alcanzan a los recursos interpuestos ante la Corte

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