Piantoni Hnos. SACIFI y A c/ Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la constitucionalidad de la Ley 25.413 y normas complementarias sobre el impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias, rechazando el argumento de que no cumplen con el principio de legalidad tributaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operaciones
Constitucionalidad de la Ley 25.413, el decreto 380/01 y la resolución general (AFIP) 1135/2001 relacionados con dicho tributo
- Principio de legalidad o de reserva de la ley y elementos esenciales del tributo
- Reglamentación de la ley
- Se confirma la sentencia recurrida
- Disidencia del Juez Lorenzetti: exigencias constitucionales sobre las leyes tributarias
- Exigencia de claridad y tipicidad
- Proyecciones de estos principios sobre el hecho imponible
- Deber del Congreso Nacional de determinar con precisión el hecho imponible
- Definición genérica e indeterminada
- Improcedencia de los hechos imponibles inasibles y de gran amplitud que no permiten determinar cuál es la conducta que se pretende someter al tributo
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