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Piantoni Hnos. SACIFI y A c/ Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la constitucionalidad de la Ley 25.413 y normas complementarias sobre el impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias, rechazando el argumento de que no cumplen con el principio de legalidad tributaria.

Competencia Impuesto a las ganancias Seguridad juridica Gravamen Cuentas bancarias Deposito Bancos Cuenta corriente Constitucionalidad Constitucion nacional Principio de legalidad Evasion Derecho tributario Tipicidad Entidades financieras Poder legislativo Contribuyente Creditos y debitos Corte suprema de justicia Obligaciones tributarias Impuesto Administracion federal de ingresos publicos Hecho imponible Tributo Conflicto de poderes Ley 25 413 Ley Razonabilidad de la ley Impuesto a los debitos y creditos en cuentas bancarias Balance fiscal Garantias implicitas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operaciones Constitucionalidad de la Ley 25.413, el decreto 380/01 y la resolución general (AFIP) 1135/2001 relacionados con dicho tributo
- Principio de legalidad o de reserva de la ley y elementos esenciales del tributo
- Reglamentación de la ley
- Se confirma la sentencia recurrida
- Disidencia del Juez Lorenzetti: exigencias constitucionales sobre las leyes tributarias
- Exigencia de claridad y tipicidad
- Proyecciones de estos principios sobre el hecho imponible
- Deber del Congreso Nacional de determinar con precisión el hecho imponible
- Definición genérica e indeterminada
- Improcedencia de los hechos imponibles inasibles y de gran amplitud que no permiten determinar cuál es la conducta que se pretende someter al tributo

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