Arregui, Diego Maximiliano c/ Estado Nacional - PFA - Y otros s/ daños y perjuicios
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la responsabilidad impuesta a una ONG organizadora de un evento gratuito por lesiones sufridas por un asistente, al considerar que no le correspondía un deber de seguridad sobre las personas en el marco de un espectáculo público sin fines de lucro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Evento organizado por una ONG y deber de seguridad
Lesiones durante festival organizado por ONG sin fines de lucro
- Recital gratuito celebrado en espacio abierto y público
- Consideración de la responsabilidad de la CHA organizadora del evento
- Alcance de la delegación de deberes impuestos por la autoridad administrativa
- Ausencia de imposición a la organizadora del espectáculo de un deber de seguridad sobre las personas
- Análisis de la responsabilidad de la ONG
- Diferencias que tornan inaplicables al caso el precedente "Mosca" (Fallos: 330:563), referido a una relación de consumo en un espectáculo deportivo pago y en el que la entidad organizadora tenía control de ingreso
- Se declara procedente el recurso y se deja sin efecto la sentencia apelada
- Voto del juez Maqueda: imposición de responsabilidad que, en el caso, podría comprometer el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho de reunión
- Informe del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas
- Voto del juez Lorenzetti: Deber prestacional de seguridad de todo organizador de espectáculo público como derivado del principio de no dañar al otro
- Alcance de la función resarcitoria de la responsabilidad civil
- Factor de atribución subjetivo y no objetivo
- Falta de prueba de la culpa de la demandada
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