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U.T.E. -Supercemento S.A.I.C., Benito Roggio e Hijos S.A. y Esuco S.A.- y otros c/ Municipalidad de la Ciudad de Posadas s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad

La municipalidad pretendía gravar la actividad de las contratistas de la Entidad Binacional Yacyretá, pero se revocó la sentencia y se declaró la competencia de la justicia federal para interpretar el Tratado de Yacyretá y su Protocolo Adicional.

Competencia Competencia federal Tratados internacionales Impuestos municipales Contratistas Entidad binacional yacyreta Tratado de yacyreta Denegacion del fuero federal Subcontratistas Protocolo adicional fiscal y aduanero Interpretacion de tratados internacionales Gravamen municipal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Competencia federal en la interpretación del Tratado de Yacyretá y de su Protocolo Adicional Fiscal y Aduanero Pretensión de una municipalidad de gravar con el derecho de inspección, registro y servicios de contralor la actividad desarrollada por las contratista y subcontratistas de la Entidad Binacional Yacyretá
- Exigencia de dilucidar si el accionar de la autoridad local interfiere en el ámbito de la Nación y si colisiona con las disposiciones consagradas en instrumentos internacionales
- Manifiesto contenido federal de la materia del pleito
- Interpretación del Tratado de Yacyretá y de su Protocolo Adicional Fiscal y Aduanero
- Se revoca el pronunciamiento apelado y se declara la competencia de la justicia federal para conocer en las actuaciones

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