C., R. E. c/ Obra Social del Poder Judicial de la Nación s/ amparo de salud
La obra social apeló la sentencia que hizo lugar a un amparo para la cobertura de internación y provisión de implante. La Cámara declaró desierto el recurso, pero la Corte Suprema dejó sin efecto esa decisión por omitir el examen de los agravios expuestos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Acción de amparo tendiente a obtener cobertura de internación y provisión de implante
Decisión de cámara que declaró desierto el recurso deducido por la obra social demandada y confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo
- Omisión de atender que la expresión de agravios efectuaba un cuestionamiento del fundamento capital de la sentencia, impugnando su adecuación al derecho vigente e indicando las normas que se reputaban aplicables
- Omisión particularmente significativa en tanto la sentencia de primera instancia también soslayó el examen de las normas invocadas por la apelante
- Sentencia arbitraria
- Se deja sin efecto la sentencia apelada
- Disidencia del juez Rosatti: Cumplimiento o no de los requisitos de la apelación como facultad privativa de los jueces de la causa y ajena a la instancia extraordinaria
- Decisión razonable y ajustada a las circunstancias del caso
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