JurisprudenciaARG
Corte Suprema

De Sanctis, Guillermo Horacio c/ López de Herrera, Ana María s/ daños y perjuicios

Dirigente gremial es condenado por dañar la reputación de un funcionario público con afirmaciones que excedieron los límites del debate de interés público.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 498/2012 (48-D)/CS1
Libertad de expresion Corte suprema Sistema republicano Libertad de prensa Funcionarios publicos Derecho al honor Constitucion nacional Tratados internacionales Pacto de san jose de costa rica Pacto internacional de derechos civiles y politicos Democracia Tribunal europeo de derechos humanos Interes publico Real malicia Responsabilidad civil Responsabilidad Reputacion Funcionario publico Dirigente gremial Dano moral Escrutinio estricto

¿Qué se resolvió en el fallo?

Responsabilidad por lesión a la reputación de un funcionario público y afirmaciones que no se relacionan con el desempeño de la función pública

Dirigente gremial que cuestiona la designación de un funcionario como ministro de educación provincial - Términos y expresiones que afectaron la imagen personal, honorabilidad y reputación del actor - Derecho al honor como uno de los derechos personalísimos de alto nivel constitucional - Escrutinio más específico cuando las opiniones involucran aspectos de la vida privada y familiar - Afirmaciones que no se relacionan con el desempeño de la función pública - Falta de correlación entre el contenido de las imputaciones y la noticia publicada que se adujo como sostén de los dichos - No puede exigirse a los funcionarios y personas públicas que soporten estoicamente cualquier afrenta a su honor sin poder reclamar la reparación del daño injustamente sufrido - Lugar eminente de la libertad de expresión en el régimen republicano - Se confirma la sentencia apelada - Disidencia de los jueces Rosenkrantz y Highton de Nolasco: Debate de fuerte interés público, que involucra a dos figuras públicas - Expresiones que no son estricta e indudablemente injuriantes - Formulación que guarda relación directa con el juicio crítico que tenía la recurrente acerca del actor que debe ser protegida - Importancia del debate público para la democracia- Falta de demostración de que las afirmaciones hayan sido realizadas a sabiendas de su falsedad o con notoria despreocupación acerca de su veracidad

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 14, 32, 33 · Constitucion nacional
  • CCarts. 902, 1066, 1101
  • CCyCNarts. 52, 1725 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
  • Ley 26.551Codigo penal
  • CPCCNarts. 68, 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CPart. 110 · Codigo penal
  • CADH (Internacional)arts. 11, 13
  • PIDCP (Internacional)arts. 17, 19
  • DADDH (Internacional)arts. V, IV, XXIX
  • DUDH (Internacional)arts. 12, 18, 19

Fallos que cita

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