Matadero Municipal de Luis Beltrán S.E. c/ Estado Nacional -Ministerio de Energía y Minería de la Nación y otros s/ amparo ley 16.986
El actor promovió acción de amparo colectivo contra aumentos en tarifas de gas. La Cámara omitió verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de la acción colectiva, por lo que se dejó sin efecto la sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Recaudos esenciales y estructurales para la admisibilidad del amparo colectivo
Medidas cautelares
- Suspensión por el plazo de tres meses de las resoluciones que habían aprobado incrementos en las tarifas del servicio de gas
- Las sentencias de la Corte deben ceñirse a la situación existente al momento de ser dictadas
- Decisión que se tornó inoficiosa si la vigencia de la medida cautelar ya se agotó
- Agravio relacionado con el carácter de acción colectiva de la pretensión
- Razones de economía procesal que determinan la conveniencia de que el carácter colectivo o individual del proceso quede esclarecido definitivamente al comienzo del litigio
- Exigencia de que los tribunales verifiquen los recaudos que hacen a la viabilidad de la acción colectiva y, de manera previa a su inscripción, dicten la resolución que la declara formalmente admisible e identifiquen en forma precisa el grupo o colectivo involucrado
- Resolución de la cámara que no examinó el cumplimiento de los recaudos ni dictó la resolución de certificación exigida en las acordadas 32/2014 y 12/2016 del Tribunal
- Mera descripción de los requisitos delineados en el precedente "Halabi" (Fallos: 223:111)
- Se deja sin efecto la sentencia
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