Internas de la Unidad n° 31 SPF y otros s/ habeas corpus
Mujeres privadas de libertad embarazadas o con hijos menores de 4 años tienen derecho a percibir Asignaciones Familiares. La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso interpuesto y ordenó el otorgamiento de estos beneficios.
Derecho a percibir Asignaciones Familiares de mujeres privadas de su libertad embarazadas o que optaron por permanecer con sus hijos menores de 4 años
Asignación Universal por hijo (AUH) y Asignación Universal por embarazo (AUE)
- Habeas corpus como medio legal rápido y eficaz para resguardar el trato digno en las prisiones
- Derecho al otorgamiento por parte del Estado de los beneficios de la seguridad social con carácter integral e irrenunciable consagrado en el art. 14 bis CN
- Trabajo penitenciario como una de las formas de trabajo humano que, como tal, goza de tutela constitucional
- La condición de mujer privada de libertad no puede ser valorada para la denegación o pérdida de planes sociales, subsidios, servicios o cualquier otro beneficio acordado o al que tenga derecho a acceder, salvo disposición en contrario
- Denegación de los beneficios como supuesto de agravamiento ilegítimo de la forma y condiciones en que se cumple la privación de la libertad
- Empeoramiento del estado de las mujeres madres, con desconocimiento de su condición y la de sus hijos
- No afectación del principio de no trascendencia de la pena
- Normas que integran el bloque de constitucionalidad que establecen, como uno de los estándares mínimos de los derechos económicos, sociales y culturales, el principio de no discriminación y la protección prioritaria a ciertos grupos mayormente vulnerables
- Inexistencia de norma en el ordenamiento jurídico que justifique la denegación del reclamo al colectivo actor
- Se desestima la queja
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