JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Sindicato de Policías y Penitenciarios de la Provincia de Buenos Aires c/ Ministerio de Trabajo s/ley de asociaciones sindicales

El Sindicato de Policías y Penitenciarios de la Provincia de Buenos Aires solicitó la inscripción gremial, pero se rechazó su pedido debido a que la normativa provincial prohíbe a los agentes policiales y del servicio penitenciario participar en actividades sindicales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 588/2013 (49-S)/CS1
Policia provincial Servicio penitenciario provincial Sindicato Libertad sindical Constitucionalidad e inconstitucionalidad Constitucion nacional Organizacion internacional del trabajo Leyes locales Provincias Tratados internacionales Agentes policiales Agentes penitenciarios Derecho de sindicacion Actividades gremiales Ley 23 551 Ley 13 982 Decreto 9578 1980 Precedentes judiciales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Derecho de sindicación de los agentes policiales y del servicio penitenciario de la Provincia de Buenos Aires

Rechazo de la solicitud formulada por el “Sindicato de Policías y Penitenciarios de la Provincia de Buenos Aires” para que se le otorgue la simple inscripción gremial en los términos de la ley 23.551 de asociaciones sindicales - La ley 13.982, reglamentada por el decreto 1050/2009, veda a los agentes policiales participar en actividades de tipo gremial - El decreto-ley 9578/1980 dispone que los agentes del servicio penitenciario bonaerense tienen prohibido formular peticiones, quejas o reclamos en forma colectiva - Controversia análoga a la examinada en el precedente de Fallos: 340:437 (“Sindicato Policial Buenos Aires”) y en la causa “Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad” (Fallos: 343:1841) - El derecho a sindicalizarse de los miembros de la policía está sujeto a las restricciones o a la prohibición que surjan de la normativa interna - En el caso de las policías provinciales, tratándose de relaciones de empleo público local, son las provincias las que pueden establecer las restricciones o la prohibición - Se confirma la sentencia apelada - Disidencias de los jueces Maqueda y Rosatti: remisión a sus votos en disidencia en las causas mencionadas.

Normas que cita

Fallos que cita

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