MENDOZA, PROVINCIA DE c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ordinario
La provincia impugnó la determinación de deuda practicada por la AFIP sobre aportes y contribuciones de personal adherido a Obras Sociales Nacionales. La Corte hizo lugar a la impugnación por incumplimiento de requisitos formales en la resolución de la AFIP.
Impugnación de la determinación de deuda practicada por la AFIP La Corte hizo lugar a la impugnación de la provincia accionante de la determinación de deuda practicada por la AFIP con relación a los aportes y contribuciones correspondientes al personal adherido a Obras Sociales Nacionales. En el trámite de la causa se comprobó que de la prueba obrante en el expediente surgía que la AFIP había incumplido con la carga impuesta por ella misma en la resolución general 79/1998 de detallar en un anexo a los trabajadores involucrados en la determinación de deuda, individualizándolos con su respectivo Código Único de Identificación Laboral. Sobre dicha base, consideró el Tribunal que resultaba suficiente para evidenciar los defectos de la resolución impugnada y el nexo directo e inmediato que existía entre ella y los derechos constitucionales que se consideraban vulnerados (artículo 18 de la Constitución Nacional); máxime si se considera la complejidad de las cuestiones involucradas (Fallos: 324:2371 y 331:1468).
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