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Corte Suprema

MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL c/ SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA s/LEY DE ASOC.SINDICALES

El Sindicato Petrolero de Córdoba impugnó el otorgamiento de personería gremial al Sindicato de Estaciones de Servicio de Córdoba. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia al considerar que la representación de los trabajadores de estaciones de servicio corresponde al Sindicato Petrolero por ser preexistente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 97257/2016/CA1-CS1
Libertad sindical Personeria gremial Debido proceso Sindicato Sindicato petrolero de cordoba Sindicato de estaciones de servicio Cordoba Representacion sindical Ministerio de trabajo Recurso extraordinario federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Otorgamiento de la personería gremial y debido proceso

La Cámara confirmó la Resolución del Ministerio de Trabajo, que otorgó personería gremial al Sindicato de Estaciones de Servicio, Playas de Estacionamiento, Garages, Lavaderos, Gomerías y Anexos de la provincia de Córdoba (STESyPE) para representar a los trabajadores dependientes de estaciones de servicio, con exclusión de los dependientes de YPF SA o sus subsidiarias y de los trabajadores de establecimientos comerciales o gastronómicos que se encuentren dentro del predio de las estaciones, con zona de actuación en la provincia de Córdoba. Contra esa decisión, el Sindicato Petrolero de Córdoba dedujo recurso extraordinario federal. La Corte, hizo lugar al recurso, dejó sin efecto la sentencia y consideró que la representación de los dependientes de estaciones de servicio, cuya actividad principal es la venta de subproductos del petróleo, se encuentra comprendida en la personería del SPC en forma precisa y, en consecuencia, resulta preexistente a la otorgada al STESyPE en la resolución ministerial. A criterio del Tribunal la cámara confirmó la resolución ministerial que otorgó personería gremial al STESyPE para representar a los trabajadores dependientes de estaciones de servicio de Córdoba sin realizar el cotejo de afiliados previsto en los artículos 25 y 28 de la Ley de Asociaciones Sindicales con base en que la personería del recurrente no es preexistente.

Normas que cita

  • Ley 23.551arts. 25, 28, 62 · Asociaciones sindicales
  • Ley 14.932
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 18 · Constitucion nacional
  • Ley 48arts. 14, inc. 3° · Justicia nacional
  • CPCCNarts. 68, 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Resolución 1220
  • Resolución 747
  • Resolución 777
  • Resolución 531

Fallos que cita

  • Ministerio de TrabajoCSJN · Fallos 338:335
  • ATECSJN · Fallos 331:2499
  • RossiCSJN · Fallos 332:2715
  • SOMUCSJN · Fallos 338:1171
  • SIPOBACSJN · Fallos 340:437
  • GilCSJN · Fallos 312:2254
  • RearteCSJN · 13/08/2020
  • BianchiCSJN · Fallos 321:2082
  • Federación Obreros y Empleados de CorreosCSJN · Fallos 323:3831
  • Asoc. Pers-Municipal Las Colonias c/ FESTRAMCSJN · 04/11/2016
  • APSAI c/ Autopistas del SolCNT · 27/08/2019

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