Recurso Queja Nº 1 - PBB POLISUR SA c/ EN-DGA-RESOL 465/12 BABL(EXPTE 664/12) s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la resolución administrativa que impuso una multa a la actora por infracción aduanera. El tribunal entendió que los argumentos de la recurrente no fueron eficaces para descalificar la decisión del tribunal de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Infracciones aduaneras: discrepancias que no resultan eficaces para descalificar lo resuelto
La Cámara ratificó la resolución de la Dirección General de Aduanas por la cual se había aplicado a la actora una multa por infracción al artículo 954, apartado 1°, incisos. a) y c), del Código Aduanero e intimado al pago de los tributos adeudados como consecuencia de haber transferido al exterior una suma en moneda extranjera superior a la declarada al documentar una operación de importación para consumo.
La actora interpuso un recurso que fue desestimado por la Corte.
Entendió el Tribunal que lo resuelto no excedía el marco de las facultades del tribunal apelado ni exhibía una manifiesta arbitrariedad que permitiera descalificarlo como acto jurisdiccional. Agregó que para convalidar lo resuelto por el pronunciamiento de primera instancia la cámara había aportado fundamentos fácticos y probatorios que acordaban sustento suficiente a lo resuelto, sin que las discrepancias del recurrente resultaran eficaces para habilitar la vía excepcional intentada.
Señaló que, sobre la base de los elementos obrantes en la causa, la sentencia tuvo por tipificada la infracción prevista en el inciso a) mencionado y tuvo por acreditado el encuadramiento de los hechos en la figura del inciso c) y que los agravios de la recurrente, enderezados a defender su postura con fundamento en lo dispuesto por la comunicación “A” 4605 del Banco Central de la República Argentina, no se hacían cargo del argumento central referido a la ausencia de prueba de las restantes operaciones de importación que habrían sido canceladas con el giro de divisas al exterior realizado.
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Normas que cita
- Código Aduaneroarts. 954 inc. 1 aps. a y c, 956, 234 · Codigo aduanero
- Código Procesal Civil y Comercial de la Naciónart. 277 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Resolución Comunicación "A" 4605
Fallos que cita
- SubpgaCSJN · Fallos 321:1641
- Fallos 312:1997CSJN
- Fallos 315:929CSJN
- Fallos 321:1614CSJN
- Fallos 325:786CSJN
- Fallos 333:300CSJN
- Fallos 322:355CSJN
- Fallos 343:656CSJN
- Fallos 324:3421CSJN
- Fallos 280:320CSJN
- Fallos 295:165CSJN
- Fallos 297:333CSJN
- Fallos 394:394CSJN
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- Fallos 297:173CSJN
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