MANRIQUE, MARGARITA LILIANA c/ ANSES s/PENSIONES
La viuda promovió demanda solicitando el beneficio de pensión por fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la decisión que hizo lugar a la demanda al considerarlo aportante irregular con derecho.
¿Quién es el actor?
Margarita Liliana Manrique (viuda)
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de pensión por fallecimiento del cónyuge
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución que hizo lugar a la demanda, considerando que el causante tenía aportes suficientes en proporción a su vida útil laboral para ser considerado aportante irregular con derecho a la pensión solicitada por su viuda.
Los principales fundamentos fueron:
- El art. 95 de la Ley 24.241 establece como condición para pensión que el causante se encuentre efectuando regularmente sus aportes.
- El Decreto 460/99 reglamentó los requisitos para ser considerado aportante regular o irregular.
- La CSJN ha establecido que la regularidad debe valorarse sobre los lapsos trabajados y no sólo sobre el período inmediato previo al fallecimiento.
- El causante tenía 53 años al fallecer y 13 años y 7 meses de aportes, lo que representa más del 50% de los servicios requeridos proporcionalmente a su vida útil laboral, conforme jurisprudencia de la CSJN.
- Por lo tanto, corresponde reconocerlo como aportante irregular con derecho a la pensión solicitada por su viuda.
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