ASTORGA, INES DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora impugna la sentencia que ordenó aplicar la suspensión de la movilidad jubilatoria dispuesta por la Ley 27.541. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó parcialmente la sentencia y difirió el planteo de inconstitucionalidad de dicha ley para la etapa de liquidación.
Reajuste de haber previsional de pensión derivada
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Difirió el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y sus decretos reglamentarios sobre movilidad jubilatoria para la etapa de liquidación. Confirmó el resto de lo decidido.
Fundamentos principales:
- Este tribunal ya se había pronunciado sobre la inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y decretos en otros casos, remitiendo a esos precedentes.
- Respecto al suplemento de sustitutividad, corresponde rechazar el planteo de la recurrente y confirmar la sentencia apelada, siguiendo los criterios del precedente "Benoist" de la CSJN.
- En cuanto a los intereses, se remite a los argumentos brindados en otros casos por este tribunal.
- Las costas de esta instancia se imponen por su orden, conforme art. 68 CPCCN y art. 36 Ley 27.423.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: