RUIZ, JULIETA ELIZABETH Y OTRO c/ COLAZO, MARIANA SOLEDAD Y OTRO s/DESPIDO
La demandada Cedrat SA cuestionó la condena solidaria, alegando que las co-actoras nunca prestaron servicios en su sede. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, considerando probada la prestación de servicios de limpieza y mantenimiento por las co-actoras.
- Actores: Julieta E. Ruiz y Silvina V. Ruiz
- Demandados: Cedrat SA y Colazo Mariana Soledad
- Objeto: Reclamó por despido
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia que condenó solidariamente a Cedrat SA por aplicación del art. 30 LCT, considerando probada la prestación de servicios de limpieza y mantenimiento por las co-actoras.
Los principales fundamentos fueron:
- Las pruebas testimoniales resultan más creíbles que los argumentos de Cedrat SA, quien reconoció contratar a Colazo como empresaria para cubrir tareas de limpieza.
- Dado el tamaño del establecimiento, resulta razonable que requiriera de un equipo de trabajo dedicado a la limpieza y mantenimiento, y no sólo de una persona.
- La condena en materia de horas extras no se considera exorbitante.
- Se rechaza la aplicación retroactiva de la nueva "Ley Bases" para derogar las sanciones, por resultar contraria al principio de seguridad jurídica.
- Se mantiene el criterio de reajuste de los créditos aplicando el IPC más una tasa del 3% anual, en atención a la pérdida del poder adquisitivo de la moneda.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: