VALLEJOS OSVALDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció pautas para el cálculo de la indemnización y los accesorios.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y estableció que el capital de condena se actualizará por la variación del índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación final, más un interés puro del 6% anual. En caso de mora, se aplicará el artículo 770 del CCyC. La Cámara también aplicó una reducción del 40% sobre los accesorios calculados para ajustar el monto a los criterios fijados por la CSJN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema descalificó la aplicación del Acta 2764 CNAT por considerar que generaba un resultado económico desproporcionado.
- El decreto 669/2019 que modificó el artículo 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo establece un sistema de actualización por RIPTE, que debe aplicarse.
- Los intereses deben calcularse como "interés puro" del 6% anual para compensar la privación del capital, sin aplicar capitalización periódica.
- La reducción del 40% sobre los accesorios se aplica para ajustar el monto a los parámetros de razonabilidad fijados por la CSJN.
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