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VARGAS MARIA JULIETA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora impugnó las leyes que modificaron la movilidad de los haberes jubilatorios. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que las reformas legales no afectaron derechos constitucionales.

Derecho de propiedad Indexacion Ley 27 541 Movilidad jubilatoria Ley 27 609 Ley 26 417 Ley 27 426 Regresividad

Impugnación de leyes que modificaron la movilidad de los haberes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que las reformas legales cuestionadas (leyes 26.417, 27.426 y 27.541) no afectaron derechos constitucionales. Respecto a la ley 27.426, la Cámara entendió que su aplicación retroactiva no violaba el derecho de propiedad del actor, ya que el derecho a la movilidad se devengaba semestralmente y no mes a mes. También rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27.541 de emergencia económica. Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema estableció que para cuestionar la actualización de la PBU se debe analizar la incidencia de la falta de incrementos sobre el total del haber inicial.
- La movilidad de los haberes debe regirse por las leyes 26.417, 27.426, 27.541, 27.609 y modificatorias, sin que pueda reeditarse la cuestión constitucional.
- La aplicación retroactiva de la ley 27.426 no afectó derechos amparados por garantías constitucionales, ya que el derecho a la movilidad se devengaba semestralmente.
- Se rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27.541 de emergencia económica, por estar reunidos los extremos que la legitiman.
- Se desestimó el planteo sobre los decretos que incorporaron un "refuerzo previsional", por ser extemporáneo.

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