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MIRACLE S.A. C/ ENA- EJERCITO ARGENTINO

Miracle S.A. demanda al Estado Nacional - Ejército Argentino por constitución de servidumbre de tránsito. La Cámara Federal de Mendoza confirma el rechazo de la demanda al considerar que el fundo no se encuentra absolutamente encerrado.

Pericia tecnica Interes legitimo Direccion provincial de vialidad Servidumbre de paso Encerramiento Acceso a via publica


¿Quién es el actor?

Miracle S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ejército Argentino

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de constitución de servidumbre de tránsito para acceder a la Ruta Provincial N° 92 desde el fundo de Miracle S.A.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda. Fundamentos principales:
- Para imponer la constitución de una servidumbre forzosa real de paso, debe demostrarse que el predio se encuentra absolutamente encerrado sin acceso a la vía pública o que la comunicación existente no resulta suficiente.
- En el caso, si bien el fundo de Miracle S.A. no tiene salida directa a la Ruta 92, existe una calle denominada Troilo que, si bien tendría tramos en mal estado, permite el acceso al predio. Esto no configura un "encerramiento" que justifique la imposición de la servidumbre.
- La pericia técnica acreditó que la dificultad de transitar por la calle Troilo se debe a exceso de vegetación y desniveles, obstáculos que pueden ser superados con trabajos a cargo de la autoridad encargada de la conservación de la vía pública (Dirección Provincial de Vialidad).
- La servidumbre es un instituto excepcional que requiere una situación de absoluta necesidad, y no basta con invocar una mera incomodidad o dificultad de acceso.

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