DELGADO, ALEJANDRO EZEQUIEL c/ AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la cancelación de sus pasajes aéreos. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la condena a las demandadas por la falta de reintegro de las sumas abonadas y el daño moral.
Daños y perjuicios por cancelación de pasajes aéreos a Roma debido a la pandemia por Covid-19.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Estableció que Aerolíneas Argentinas SA y Avantrip.com SRL son responsables por la falta de reintegro de las sumas abonadas por los pasajes y por el daño moral sufrido por el actor, al demorar y negar respuestas a sus reclamos. Rechazó los rubros de pérdida de chance y daño punitivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Ley de Defensa del Consumidor resulta aplicable al contrato de transporte aéreo.
- Aerolíneas Argentinas SA, como transportista, tenía la obligación de reprogramar el traslado en las condiciones pactadas o devolver el precio pagado por los pasajes cancelados por la pandemia.
- Avantrip.com SRL, como intermediaria, no actuó con la diligencia debida para gestionar el reintegro de las sumas abonadas ante la aerolínea.
- El daño moral se encuentra acreditado por la situación de reclamos infructuosos sufrida por el actor.
- No se configuran los supuestos para la procedencia del daño punitivo.
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