CONCA JOSE MANUEL Y OTROS c/ MINI.DE DEF.EST.MAYOR GRAL.DE LA A.R.A s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores, ex combatientes de la Guerra de Malvinas, reclamaron el otorgamiento de la pensión de guerra. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó la demanda por no cumplir con los requisitos temporales y geográficos exigidos por la ley.
Otorgamiento de pensión de guerra por haber participado en el Conflicto del Atlántico Sur en 1982
- Decisión: Se rechaza el reclamo al no acreditarse que los actores hayan estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), conforme lo exige la ley.
- Fundamentos: La ley establece requisitos temporales y geográficos específicos para acceder a la pensión de guerra, que no se cumplen en el caso de los actores, quienes prestaron servicios fuera de las jurisdicciones del TOM y TOAS. Si bien la Corte Suprema flexibilizó el criterio geográfico en el caso "Gerez", en el presente no se acreditó la situación de "riesgo de combate" que pudiera considerarse sustitutiva de la efectiva entrada en combate.
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