TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA c/ MUNICIPALIDAD DE ESTEBAN ECHEVERRIA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Las empresas Telefónica Móviles Argentina S.A. y Telefónica de Argentina S.A. cuestionaron la validez constitucional de una ordenanza municipal que regula la instalación de antenas y torres de telecomunicaciones. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad de la ordenanza municipal.
- Las empresas Telefónica Móviles Argentina S.A. y Telefónica de Argentina S.A. demandaron la inconstitucionalidad de la Ordenanza Municipal 8281/2013 de Esteban Echeverría, que regula la localización, aprobación, radicación, funcionamiento y desmantelamiento de mástiles y/o torres y/o cualquier tipo de estructura soporte de antenas.
- El tribunal de primera instancia declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza municipal y revocó las multas aplicadas por su incumplimiento.
- La Municipalidad de Esteban Echeverría apeló la sentencia.
- La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad de la ordenanza municipal, considerando que la misma invade competencias exclusivas del Estado nacional en materia de telecomunicaciones, reguladas por las leyes 19.798 y 27.078. Señaló que el municipio carece de facultades sancionatorias en esta materia.
- En cuanto a los honorarios, la Cámara confirmó los regulados a favor de los letrados del ENACOM y elevó los del perito ingeniero.
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