SALDAÑA, FRANCISCO GABRIEL c/ DIM EMPRESA CONSTRUCTORA S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por incapacidad física y psicológica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y fijó la incapacidad psicológica en el 10% de la Incapacidad Total.
Incapacidad física y psicológica derivada de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
- Se modifica el porcentaje de incapacidad física, fijándolo en el 10% de la Incapacidad Total, de acuerdo al baremo legal.
- Se hace lugar al reclamo por incapacidad psicológica, fijándolo en el 10% de la Incapacidad Total.
- El capital de condena se fija en $148.898,64, más intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la incapacidad física, se debe aplicar obligatoriamente el baremo legal, que fija entre 5-10% para la patología del actor.
- Respecto a la incapacidad psicológica, el informe pericial resulta claro y coherente, por lo que se debe aceptar sus conclusiones sobre la existencia de patología psicológica y su porcentaje de incapacidad.
- La actualización del capital de condena debe realizarse conforme lo establecido en el Decreto 669/19, aplicando el índice RIPTE y un interés puro del 6% anual.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: