PERALTA, ALEJANDRO DAMIAN c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador reclamó por incapacidad laboral derivada de enfermedad profesional por COVID-19. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica reconocido.
Determinación de incapacidad laboral por enfermedad profesional de COVID-19
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad física laboral (12%) pero redujo el porcentaje de incapacidad psicológica reconocido, fijando la incapacidad total en 13,05% de la total obrera. Se readecuó el monto indemnizatorio.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que si bien el trabajador reclamó ante la Comisión Médica por la enfermedad profesional, no tuvo la carga de describir específicamente todas las dolencias, incluyendo las psicológicas, para que sean evaluadas.
- El informe pericial médico y psicológico se encontraba debidamente fundado y no presentaba errores manifiestos, por lo que correspondía reconocer la incapacidad psicológica en un 10% de la total obrera.
- Sin embargo, dado que dicha incapacidad psicológica no fue alegada ante la instancia administrativa previa, corresponde reducirla a 1,05% para ajustarla a lo realmente reclamado.
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