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SALDIAS, CINTHIA JENNIFER c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció nuevas pautas para el cálculo de los intereses y accesorios.

Intereses Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Ripte Decreto 669 2019

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que el capital nominal de condena será actualizado conforme al índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables) más un interés puro del 6% anual, desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación. Para el caso de mora en el pago, se aplicará el régimen del artículo 770 del Código Civil y Comercial. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que el Acta 2764/2022 de la CNAT, que establecía un sistema de capitalización periódica de intereses, fue descalificado por la Corte Suprema en precedentes como "Oliva" y "Lacuadra" por generar resultados desproporcionados.
- Analizó la aplicabilidad del decreto 669/2019, que modificó el artículo 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, y concluyó que dicha norma especial es aplicable al caso, por lo que corresponde actualizar el monto indemnizatorio conforme al índice RIPTE.
- Agregó que, para compensar la privación del uso del capital, corresponde aplicar un interés puro del 6% anual, desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación.
- En caso de mora en el pago, se aplicará el régimen del artículo 770 del Código Civil y Comercial.

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