VIVAS MIRTA DEL VALLE EN REPRESENTACION, DE SU HIJA MENOR BENITEZ DYLIN MICAELA Y OTRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Los actores cuestionaron la tasa de interés aplicada, solicitando la declaración de inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación. La Cámara modificó la sentencia y ordenó aplicar el IPC INDEC con más un 3% de interés puro anual.
Acción por reparación sistémica por accidente
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación y ordenó actualizar el capital con IPC INDEC más 3% de interés puro anual. Modificó la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El objetivo de las leyes que prohíben la indexación se vio alterado, generando un efecto lesivo en los créditos laborales y alimentarios.
- La ley 27.348 incorporó un sistema de actualización y cálculo de intereses, por lo que no corresponde aplicar el mismo tratamiento que a las leyes 23.928 y 25.561.
- La tasa de interés prevista en la ley 27.348 no es suficiente para compensar la desvalorización del crédito, pero declarar la inconstitucionalidad de la norma debe ser la última ratio.
- Corresponde aplicar una tasa de interés que refleje el costo del dinero y compense adecuadamente la mora, en este caso la tasa prevista en el Acta CNAT 2658.
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