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CENTURION COSTOYA, GIANNINA c/ VITTOMUNA S.R.L. (REBELDIA 71 Y 29 LO - 27/04/23) Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de la acción por considerar que existió abandono recíproco de la relación laboral.

Inconstitucionalidad Indexacion Despido Actualizacion credito laboral Abandono reciproco


¿Quién es el actor?

Giannina Centurión Costoya
- Demandados: Vittomuna S.R.L., Carballeiro José Luis y Calabria Marco

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la acción por despido. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que consideró que hubo abandono recíproco de la relación laboral. Fundamentos principales:
- La actora dejó pasar más de dos meses entre que dejó de prestar servicios y la primera intimación efectuada, lo cual es incompatible con el requisito de contemporaneidad entre los incumplimientos denunciados y la posterior invocación de los mismos como fundamento de la denuncia contractual.
- Si bien las codemandadas fueron declaradas rebeldes, la prueba informativa demuestra que la primera intimación no se realizó el 26 de septiembre de 2020 como alegó la actora, sino recién el 26 de noviembre de 2020, por lo que se configura el abandono recíproco previsto en el art. 241 LCT.
- La Cámara declara la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación, y dispone que el crédito se actualice con el IPC más una tasa de interés del 3% anual. Sin embargo, no aplica este criterio por la prohibición de reformatio in pejus, al colocar a la única apelante en peor situación que la resultante del pronunciamiento recurrido.

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