BARRERA, NICOLAS FEDERICO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó incapacidad por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció una incapacidad del 20,87%, aunque modificó el sistema de actualización del crédito.
Incapacidad por accidente de trabajo sufrido el 29/06/2022
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el reconocimiento de una incapacidad del 20,87%, pero modificó el sistema de actualización de intereses aplicable. La Cámara consideró que el DNU 669/19, que establecía una tasa de interés en base a la variación del RIPTE, era inconstitucional por vulnerar el principio de irretroactividad de la ley y la supremacía constitucional. En su lugar, dispuso que el crédito se actualizara desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el efectivo pago, conforme al índice de precios al consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 3% anual.
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