QUIROZ, JORGE ARTURO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por reparación sistémica derivada de una enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y actualizó el crédito con el Índice de Precios al Consumidor más una tasa de interés pura anual.
Reparación sistémica por enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia. Se fija la fecha de inicio de los intereses al 01/11/2016, fecha de toma de conocimiento de la enfermedad. Se declara la inconstitucionalidad de las leyes que prohíben la indexación, y se ordena la actualización del crédito por IPC más tasa de interés pura del 3% anual. Se rechaza la condena a Provincia ART S.A.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara modificó la fecha de inicio de los intereses, fijándola en la toma de conocimiento de la enfermedad (01/11/2016) y no en la sentencia.
- Se declara la inconstitucionalidad de las leyes que prohíben la indexación (Leyes 23.928 y 25.561), dado que en la práctica producen una licuación del crédito que vulnera los derechos constitucionales del trabajador.
- Se establece que la actualización debe hacerse por IPC más tasa de interés pura del 3% anual, como solución razonable que contempla la realidad económica.
- Se rechaza la condena a Provincia ART S.A. por no haber sido denunciada.
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