VIEGAS, BRAIAN EZEQUIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo sufrido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad psicológica adicional del 10% además de la incapacidad física del 20%.
Indemnización por accidente de trabajo sufrido el 11/11/2023
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad psicológica del 10% además de la incapacidad física del 20%, por lo que la incapacidad total reconocida fue del 30%. También modificó el cálculo de la indemnización y los intereses.
Los fundamentos principales fueron:
- El perito médico determinó que el actor presenta una Reacción Vivencial Anormal Neurótica de Grado II que le produce una incapacidad del 10% t.o.
- El juicio de causalidad entre el cuadro psicológico y el accidente es facultad del juez, y en este caso el peritaje médico brindó fundamentos suficientes para acreditar el nexo causal.
- Respecto a los intereses, si bien la Cámara consideró que la tasa prevista en la ley 27.348 no es suficiente para evitar la licuación del crédito, declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación y aplicó el IPC INDEC más 3% de interés anual.
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