CIANCAGLINI EMILIO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando aspectos relativos a la actualización de remuneraciones y movilidad.
Reajustes de su haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de remuneraciones dispuesta por la Ley 27.426 para el período 31/03/1991 al 28/02/2009, debiendo utilizarse el índice ISBIC. Ordena reajustar la prestación del actor en enero y febrero de 2021 aplicando la movilidad de la Ley 27.426 y no los decretos que fijaron movilidad durante el período suspendido. Difiere el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 a la etapa de ejecución.
Fundamentos relevantes:
- Sobre actualización de remuneraciones: Corresponde aplicar el índice ISBIC para los períodos anteriores a febrero de 2009, por resultar más favorable que la aplicación del RIPTE.
- Sobre movilidad: Se debe abonar al actor la diferencia entre lo percibido por los decretos y lo que le hubiera correspondido de aplicarse la Ley 27.426, pero sólo para los meses de enero y febrero de 2021.
- Inconstitucionalidad Ley 27.609: Se difiere este análisis para la etapa de ejecución, en atención a los cambios normativos implementados posteriormente.
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