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FERNANDEZ CARINA CELESTE Y OTRO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió una acción de amparo contra la ANSES para obtener el pago del haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES abonar la diferencia entre el haber que percibe la amparista y el mínimo legal.

Seguridad social Tratados internacionales de derechos humanos Accion de amparo Haber minimo garantizado Unificacion sijp


¿Quién es el actor?

Fernández, Carina Celeste

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo para obtener el pago del haber mínimo garantizado

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a la ANSES abonar la diferencia entre el haber que percibe la amparista y el haber mínimo legal. Fundamentos principales:
- La acción de amparo es procedente cuando la reconducción a la vía ordinaria significaría privar a la accionante de un medio para su subsistencia, causándole un gravamen de ilusoria reparación.
- La exclusión de la actora de la garantía del haber mínimo prevista en la ley 24.241 atenta contra los principios constitucionales y los tratados internacionales de derechos humanos.
- Luego de la unificación del SIJP en un régimen público por la ley 26.425, corresponde otorgar a la actora "mejores prestaciones" que incluyan el haber mínimo garantizado.
- La ANSES es la legitimada pasiva ya que la renta vitalicia previsional y lo dispuesto por la ley 26.425 le son aplicables.

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