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ROBLEDO, SERGIO EZEQUIEL c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor promovió recurso de apelación contra la denegación de la jubilación por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión al considerar que no se acreditó la incapacidad exigida por ley.

Incapacidad Peritaje medico Seguridad social Cuerpo medico forense Ley 24 241 Retiro por invalidez

Otorgamiento de jubilación por invalidez (art. 49 p.4 Ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

Se confirma la resolución recurrida, declarando que la incapacidad con jerarquía invalidante exigida por la Ley 24.241 no se encuentra acreditada. Fundamentos principales:
- La Comisión Médica Central determinó que el peticionante presenta un porcentaje de incapacidad inferior al exigido por el artículo 48, inciso a) de la ley 24241, por lo cual denegó el beneficio.
- Del informe médico del Cuerpo Médico Forense surge que el titular presenta Depresión neurótica grado III, Limitación funcional de la columna lumbar y Hipertensión arterial estadio II, que le ocasionan una incapacidad del 54,13% de la total obrera, sin alcanzar el mínimo legal.
- Los dictámenes médicos reúnen los recaudos necesarios de una correcta peritación, están fundados y determinan con certeza el estado de salud.
- Conforme al fallo "Sosa Raúl c/ANSeS s/Retiro por invalidez", no se encuentran acreditados los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para otorgar la jubilación por invalidez.

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