GAGGERO TROYTIÑO, JUAN MANUEL c/ EN-M SALUD DE LA NACION-REGISTRO DEL PROGRAMA CANNABIS-LEY 27350 s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo para cuestionar el silencio denegatorio de su inscripción en el registro del programa para acceso al cannabis medicinal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la acción por falta de arbitrariedad manifiesta de la administración.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Juan Manuel Gaggero Troytiño promovió acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la Nación para cuestionar el silencio denegatorio de su inscripción en el registro del programa de acceso al cannabis medicinal. El juez de primera instancia rechazó la acción, considerando que el actor no había demostrado la inoperancia de las vías ordinarias ni el daño irreparable que le ocasionaría recurrirlas. En apelación, la Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la acción de amparo. Señaló que el amparo es un proceso excepcional que requiere de circunstancias muy particulares de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, lo cual no se configuraba en este caso. Indicó que el actor no había logrado desvirtuar la opinión de la autoridad sanitaria sobre el carácter prematuro del tratamiento con cannabis para su diagnóstico. Tampoco rebatió la presunción de idoneidad de la vía ordinaria para cuestionar la exigencia de agotar los tratamientos convencionales antes de acceder al tratamiento alternativo con cannabis.
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