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MONCLA, MARCOS c/ EN - M SALUD - REPOCANN - LEY 27350 s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió demanda de amparo para que se ordene su inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN). La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la acción argumentando la razonabilidad de los requisitos establecidos por la autoridad de aplicación.

Retroactividad Derecho a la salud Amparo Silencio de la administracion Reprocann Ley 27 350 Cannabis medicinal Razonabilidad de los requisitos


¿Quién es el actor?

Marcos Moncla

¿A quién se demanda?

Ministerio de Salud de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) conforme Ley 27.350

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la acción de amparo. Fundamentos principales: i. El Ministerio de Salud indicó al actor que para continuar con la inscripción, el médico tratante debía ajustarse a lo dispuesto en la Resolución 3132/24. ii. No se rechazó el trámite, sino que se encuentra pendiente de revisión médica. iii. El actor no acreditó el agravamiento de su diagnóstico por no contar con el tratamiento. iv. La mera presentación de una solicitud no genera un derecho adquirido a ser resuelto conforme la normativa vigente al momento de la solicitud. v. La derogación de una ley por otra posterior no afecta derechos constitucionales. vi. Una decisión favorable implicaría una intromisión indebida en funciones de la autoridad de aplicación. vii. El actor no demostró de manera circunstanciada la ilegalidad o arbitrariedad invocada.

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